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Fotografía editorial de una costa mediterránea rocosa vista en diagonal desde un punto elevado: dos formaciones de piedra clara enmarcan una entrada de agua azul grisácea, con textura mineral y profundidad suave. Piedra pálida, marfil, gris azulado y azul apagado, sin personas ni objetos.

Publicado · 8 de noviembre de 2026

Demandante y demandado: diferencias y qué hacer

Presentar una demanda y recibirla sitúa a cada parte en una posición procesal diferente. Explicamos qué significa ser demandante o demandado, qué debe preparar cada uno y por qué una notificación judicial requiere atención inmediata.

Demandante y demandado: qué posición ocupa cada uno

Recibir una demanda puede generar preocupación, especialmente cuando no se conoce el funcionamiento de los tribunales. También quien está valorando reclamar necesita entender qué implica convertirse en demandante.

Demandante y demandado son posiciones dentro de un procedimiento, no conclusiones sobre quién tiene razón. Presentar una demanda no garantiza ganarla y recibirla no significa que la reclamación esté acreditada.

Esta guía explica ambas posiciones utilizando como referencia el proceso civil español: reclamaciones contractuales, deudas, conflictos inmobiliarios y otras controversias privadas.

1. Quién es el demandante

El demandante, también denominado actor, es quien presenta una demanda y solicita una determinada tutela judicial frente a otra persona o entidad.

Puede pedir, por ejemplo, el pago de una cantidad, el cumplimiento de una obligación o la resolución de un contrato. La demanda debe concretar lo que solicita y los hechos y fundamentos que lo respaldan.

Además, quien reclama debe tener legitimación para hacerlo. Tener interés personal en el resultado no equivale necesariamente a ser la persona facultada para ejercitar la acción.

Ejemplo: recuperar un anticipo

Una persona paga un anticipo por un servicio que no llega a prestarse y solicita judicialmente su devolución.

Antes de demandar, conviene revisar quién contrató, quién recibió el dinero, qué se acordó y qué documentación permite justificar la devolución solicitada.

2. Quién es el demandado

El demandado es la persona o entidad frente a la que se dirige la demanda.

Su posición le permite defenderse de la pretensión: discutir los hechos, cuestionar sus consecuencias jurídicas y plantear las objeciones que procedan.

La contestación debe abordar de forma concreta la reclamación. No basta con expresar de manera genérica que se está en desacuerdo.

Ejemplo: una factura que consideras incorrecta

Una empresa reclama judicialmente una factura. Tú consideras que parte del trabajo no se realizó o que ya pagaste una cantidad.

Para preparar la defensa interesa reunir el contrato, las facturas, los justificantes de pago y las comunicaciones. La respuesta debe relacionar cada objeción con lo que se reclama y con la documentación disponible.

3. Diferencias entre demandante y demandado

  • Posición inicial

    DemandantePresenta la demanda.
    DemandadoRecibe la reclamación dirigida frente a él.
  • Objetivo habitual

    DemandanteObtener una decisión que estime su pretensión.
    DemandadoDefenderse de la pretensión, total o parcialmente.
  • Preparación práctica

    DemandanteIdentificar la acción, el destinatario y las pruebas.
    DemandadoRevisar lo reclamado, el plazo y los motivos de respuesta.
  • Resultado

    DemandantePuede obtener una estimación total, parcial o una desestimación.
    DemandadoPuede lograr el rechazo total o parcial de la reclamación o resultar condenado.

La posición procesal no determina por sí sola el resultado. Para ambas partes es importante identificar qué cuestiones están discutidas y qué pruebas pueden resultar relevantes.

GuíaQuién es quién en un procedimiento judicial en España

4. ¿Puede haber varios demandantes o demandados?

Sí. Un procedimiento puede incluir varias personas en una misma posición procesal.

La ley permite la actuación conjunta en determinados supuestos y también contempla situaciones en las que la tutela solicitada exige demandar conjuntamente a varios sujetos.

No debe incorporarse a cualquier persona relacionada con los hechos sin analizar antes el fundamento de su intervención.

En un conflicto inmobiliario, por ejemplo, conviene distinguir entre vendedor, intermediario, constructor y aseguradora. La participación de cada uno en la operación no implica que todos respondan de lo mismo.

5. Quién tiene que probar los hechos

La carga de la prueba no se resume en que «el demandante debe demostrarlo todo» o que «el demandado no tiene que aportar nada».

Como regla general, quien reclama debe acreditar los hechos que fundamentan su pretensión. La parte demandada debe probar los hechos que invoque para impedir, extinguir o neutralizar sus efectos, con las especialidades legales correspondientes.

El tribunal también debe considerar la disponibilidad y facilidad probatoria de cada parte.

Por ejemplo, si la defensa consiste en que una deuda ya se pagó, conservar el justificante puede ser decisivo. Si se discute la calidad de unas obras, puede ser necesario valorar un informe técnico.

6. Qué hacer al recibir una demanda

La primera actuación debe ser revisar el documento completo y la fecha de notificación.

Conviene reunir:

  • La demanda y todos sus anexos.
  • La resolución o comunicación que la acompaña.
  • La constancia de recepción.
  • El contrato o relación de la que nace el conflicto.
  • Los pagos, mensajes y reclamaciones anteriores.
  • Una cronología breve de lo ocurrido.

Después deben comprobarse el procedimiento, el plazo, la necesidad de abogado y procurador y las posibles objeciones.

No hay un único plazo de respuesta aplicable a cualquier documento judicial. Debe identificarse qué actuación se requiere en el caso concreto.

Contactar con quien reclama o empezar a negociar no debe tratarse como si suspendiera automáticamente los plazos judiciales.

GuíaCómo funciona un litigio en España: guía para entender el procedimiento

7. Qué ocurre si el demandado no comparece

En el proceso civil, la falta de comparecencia en forma dentro del plazo o fecha señalados puede dar lugar a la declaración de rebeldía procesal.

Como regla general, la rebeldía no equivale a allanarse ni a admitir los hechos, salvo los supuestos en que la ley establezca lo contrario.

Sin embargo, no comparecer puede hacer que se pierdan oportunidades procesales de defensa.

¿Se puede intervenir más adelante?

La ley contempla la comparecencia posterior del demandado rebelde, pero el procedimiento no retrocede por ese solo hecho. Incorporarse tarde no permite recuperar automáticamente los trámites ya transcurridos.

Si descubres que existe un procedimiento en el que no has intervenido, solicita revisión inmediata. Deben estudiarse las notificaciones, el estado del asunto y las vías que puedan corresponder.

8. Oponerse, allanarse y reconvenir: respuestas diferentes

La posición del demandado no se limita a aceptar o negar toda la demanda.

Oposición

Consiste en defenderse de la pretensión mediante los argumentos y objeciones procedentes. Puede afectar a toda la reclamación o solo a una parte.

Allanamiento

Supone aceptar la pretensión del demandante, total o parcialmente, con los efectos y límites previstos legalmente. No debe confundirse con admitir un hecho concreto o con no comparecer.

Reconvención

Permite al demandado formular una pretensión propia frente al demandante dentro del procedimiento cuando se cumplen los requisitos aplicables.

No cualquier reclamación puede añadirse de esta forma. Deben revisarse la conexión, la competencia y las reglas del procedimiento.

La elección entre estas actuaciones requiere estudiar la demanda y sus consecuencias jurídicas y económicas.

9. ¿Se puede llegar a un acuerdo después de demandar?

En materias disponibles, las partes pueden alcanzar una transacción durante el procedimiento, respetando los límites legales.

El acuerdo debe concretar qué se acepta, cómo se cumple y qué ocurre con el proceso. No basta con dejar de responder porque se ha iniciado una conversación.

Antes de firmar, conviene revisar cantidades, plazos, gastos, consecuencias del incumplimiento y actuaciones procesales necesarias.

10. El riesgo de costas afecta a ambas partes

Presentar una demanda o defenderse de ella exige valorar también los costes.

La imposición de costas depende del resultado y de las reglas legales, con excepciones y circunstancias que deben analizarse. No se determina únicamente por ser demandante o demandado.

El presupuesto profesional debe permitir comprender qué actuaciones incluye y qué gastos adicionales pueden surgir.

Preguntas frecuentes

¿Ser demandado significa que he cometido un delito?

No. Esta guía se refiere al proceso civil. Ser demandado significa que alguien ha formulado una pretensión judicial frente a ti.

¿Una reclamación por correo ya es una demanda judicial?

No necesariamente. Una reclamación extrajudicial y una demanda presentada ante un tribunal son actuaciones diferentes. Conviene revisar qué documento has recibido.

¿Si no contesto, el demandante gana automáticamente?

La rebeldía no supone, como regla general, admitir los hechos. Aun así, no actuar puede perjudicar seriamente tus posibilidades de defensa.

¿Puedo estar en ambas posiciones?

Una reconvención puede situar al demandado como reclamante respecto de una pretensión propia, si resulta admisible.

¿Puedo responder personalmente mediante un correo al tribunal?

No debe asumirse que ese medio sea válido o suficiente. Hay que comprobar el cauce de presentación y si son obligatorios abogado y procurador.

Asesoramiento para reclamar o defenderte de una demanda

En MH Legal & Seguros asesoramos a clientes nacionales e internacionales sobre conflictos sujetos al Derecho español.

Desde nuestras oficinas en Dénia, Gandía y Villalonga, atendemos asuntos en toda España. Revisamos la documentación para explicar la posición procesal, las opciones disponibles y las actuaciones que deben prepararse.

Puedes escribir a info@mhlegalyseguros.com con una breve descripción del asunto. Si has recibido una demanda, facilita el documento completo, sus anexos y la fecha de notificación.

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Información general

Información revisada en noviembre de 2026. Esta guía se centra en el proceso civil y no sustituye el análisis jurídico del procedimiento concreto.

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