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Una elegante sala de reuniones mediterránea preparada para una firma de compraventa. Una mesa de piedra pálida o roble claro sostiene documentos sencillos dispuestos con orden, un refinado bolígrafo navy medianoche con detalles sutiles de cobre y un discreto juego de llaves de casa. Luz suave entra por una ventana con vista a arquitectura mediterránea de color marfil y contraventanas azulgris. Paleta navy medianoche, marfil, gris plateado pálido y cobre contenido. Sin personas, texto legible, firmas, logotipos, sellos oficiales ni marca bancaria.

Publicado · 6 de octubre de 2026

Firma de compraventa ante notario: qué revisar antes de comprar tu vivienda

Qué revisar antes de firmar la compraventa ante notario: el borrador de la escritura, el saldo pendiente y el medio de pago, las cargas del vendedor y la cancelación registral, la retención del 3% si el vendedor es no residente, la entrega de llaves, la documentación y, si compramos con hipoteca, la firma del préstamo, con MH Legal & Seguros.

Firma ante notarioComprar vivienda en España

Antes de firmar la compraventa ante notario, confirma que la escritura recoge lo que has acordado: qué compras, cuánto queda por pagar y cuándo recibirás la vivienda.

Después de semanas de visitas, documentos y conversaciones con el banco, es normal estar pensando en las llaves. Pero merece la pena reservar tiempo para revisar los detalles de la operación antes de sentarte a firmar.

En MH Legal & Seguros te explicamos cómo preparar ese momento y qué cuestiones conviene dejar resueltas.

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Revisa el borrador de la escritura con antelación

Solicita el borrador cuando esté disponible y compáralo con el contrato privado, las arras y cualquier modificación posterior.

La revisión permite detectar diferencias mientras todavía hay tiempo para aclararlas. Comprueba especialmente:

  • Quién compra y quién vende: datos personales, representación y participación de cada comprador.
  • Qué inmueble se transmite: vivienda, garaje, trastero y demás anexos incluidos.
  • El precio y los pagos anteriores: las cantidades entregadas deben estar correctamente reflejadas.
  • Las condiciones pendientes: cancelación de cargas, entrega de posesión o compromisos específicos.

Si has acordado que determinados muebles o electrodomésticos permanezcan en la vivienda, conviene documentarlo mediante un inventario.

Una diferencia entre lo hablado y lo escrito merece una aclaración antes de firmar.

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Confirma el saldo pendiente y cómo se realizará el pago

Prepara un desglose con el precio total, las cantidades ya abonadas y el importe pendiente.

Después, coordina con el banco y la notaría el medio de pago. Deben estar claros los destinatarios, los importes y la documentación necesaria para identificar los pagos en la escritura.

Por ejemplo, si el precio es de 250.000 euros y has entregado 25.000 euros a cuenta, quedan 225.000 euros de precio pendiente. Ese importe puede repartirse entre distintos destinatarios si parte se utiliza para cancelar una deuda del vendedor o practicar una retención.

El saldo del precio y los gastos de la compra son conceptos diferentes. Reserva también los fondos necesarios para atender los impuestos y demás costes de tu operación.

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Comprueba cómo se resolverán las cargas del vendedor

Una hipoteca inscrita no impide necesariamente vender, pero exige preparar cómo se tratará en la compraventa.

Si parte del precio se destina a pagar el préstamo del vendedor, conviene disponer del certificado bancario de saldo pendiente y coordinar el pago y la cancelación.

Pagar el préstamo no elimina por sí solo la hipoteca del Registro de la Propiedad. La cancelación registral requiere su tramitación correspondiente.

La revisión debe concretar quién la gestionará, quién asumirá los costes y cómo se comprobará que se ha completado. Si existe otra carga, como un embargo, deberá analizarse una solución adecuada a esa situación.

Si el vendedor es no residente, revisa la retención

La residencia fiscal del vendedor puede afectar a los pagos de la firma.

Cuando vende un no residente fiscal sin establecimiento permanente, el comprador debe, con carácter general, retener e ingresar el 3% de la contraprestación correspondiente a ese vendedor, mediante el modelo 211.

Es un pago a cuenta del impuesto del vendedor: se descuenta de lo que se le entrega y se ingresa en Hacienda. No es un impuesto adicional sobre el precio a cargo del comprador.

Conviene comprobar la residencia fiscal y preparar el cálculo antes de cerrar los medios de pago.

Deja clara la fecha de entrega de llaves y posesión

La entrega debe ajustarse a lo pactado. Si está prevista para el día de la firma, confirma que la vivienda estará disponible en las condiciones acordadas.

Una visita cercana a esa fecha puede ayudarte a comprobar su estado, los elementos incluidos y si quedan pertenencias por retirar.

Si el vendedor permanecerá en la vivienda después de firmar, documenta expresamente:

  • La fecha límite de salida.
  • Los gastos y responsabilidades durante ese período.
  • Las condiciones de conservación y entrega.
  • Las consecuencias de un retraso y las garantías que se acuerden.

Evita dejar este período sujeto únicamente a una promesa verbal. También debe revisarse cualquier arrendamiento u ocupación existente.

Organiza la documentación y tu asistencia

Confirma con la notaría qué documentos originales debes llevar y qué información debe haberse facilitado previamente.

Si compras mediante un representante, revisa con antelación que el poder permita realizar la operación prevista. Si procede del extranjero, consulta los requisitos de legalización o apostilla y traducción que correspondan.

Si no comprendes suficientemente el idioma de la escritura, comunícalo antes para organizar la intervención necesaria.

En viviendas sujetas a propiedad horizontal, revisa también el certificado de deudas comunitarias y las derramas. Bajo la ley estatal, el vendedor debe aportar la certificación prevista legalmente, salvo exoneración expresa del comprador; no conviene aceptar esa exoneración sin valorar sus consecuencias.

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Si compras con hipoteca, prepara también la firma del préstamo

La compraventa y el préstamo hipotecario son operaciones distintas, aunque se formalicen el mismo día.

Cuando resulte aplicable la Ley 5/2019, deben cumplirse los requisitos de información y asesoramiento previos. Entre ellos está el acta notarial de transparencia, que debe formalizarse, como tarde, el día anterior a la escritura del préstamo.

Confirma con el banco y la notaría que se han cumplido los plazos y que los fondos estarán disponibles para pagar la compra.

Durante la firma, pregunta lo que necesites

El notario verifica la identidad, capacidad y legitimación de las partes, controla la legalidad y presta asesoramiento imparcial.

Escucha la explicación de la escritura y pide que se aclare cualquier cláusula que no entiendas. Si aparece una condición nueva o un dato distinto del revisado, comprueba sus consecuencias antes de prestar tu consentimiento.

La preparación jurídica previa ayuda a llegar a ese momento con tus intereses y los acuerdos particulares de la operación ya revisados.

Después de firmar, completa los trámites

Conserva la escritura y los justificantes de pago. Confirma quién se encargará de las declaraciones fiscales, la presentación registral y el seguimiento de las cancelaciones pendientes.

En una compraventa ordinaria, la inscripción no es, con carácter general, lo que transmite la propiedad, pero proporciona una protección jurídica importante. También conviene organizar los suministros y comunicar el cambio de propietario a la comunidad.

¿Estás preparando la firma de tu vivienda?

En MH Legal & Seguros te ayudamos a revisar la documentación, comprobar los acuerdos y coordinar los pagos, las cargas y las condiciones de entrega.

Contacta con nuestro equipo e indícanos dónde está la vivienda y qué fecha de firma tienes prevista.

Información general

Información general revisada en octubre de 2026. La preparación debe adaptarse a las circunstancias de la operación y a la normativa aplicable.

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